Acabas de perder a un ser querido y entre todo el papeleo y el dolor, alguien te pregunta: ¿tenía seguro de vida? No sabes dónde buscar, no sabes a quién llamar. Tranquilo. Existe un trámite oficial, gratuito y sencillo para saberlo. Te explicamos exactamente cómo hacerlo.
🟦 Resumen Rápido (si tienes prisa)
| Paso | Qué hacer | Dónde |
|---|---|---|
| 1 | Obtener el certificado de defunción | Registro Civil |
| 2 | Esperar 15 días hábiles tras el fallecimiento | — |
| 3 | Solicitar el certificado de seguros | Ministerio de Justicia |
| 4 | Recibirlo en 7 días hábiles | Por correo o presencialmente |
| 5 | Contactar con la aseguradora | Con el certificado en mano |
| Coste | Gratuito | — |
📋 El Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento
En España existe un registro oficial poco conocido pero enormemente útil: el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento.
Depende del Ministerio de Justicia y centraliza todos los seguros de vida y accidentes con cobertura de fallecimiento contratados en España.
Cualquier ciudadano con interés legítimo — es decir, un familiar o heredero — puede consultarlo de forma completamente gratuita.
Puedes encontrar más información en: mjusticia.gob.es
📅 ¿Cuándo Puedes Hacer la Consulta?
No puedes hacerlo de inmediato tras el fallecimiento. La ley establece un plazo mínimo de 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento antes de poder solicitar el certificado.
⚠️ Importante: tienes un plazo máximo de 5 años desde el fallecimiento para reclamar un seguro de vida. Pasado ese tiempo, el dinero puede prescribir.
No lo dejes para después.
📝 Documentos que Necesitas
Antes de hacer la solicitud, prepara estos documentos:
- ✅ DNI o NIE del solicitante (tuyo)
- ✅ Certificado literal de defunción del fallecido (se obtiene en el Registro Civil, es gratuito)
- ✅ Datos del fallecido: nombre completo, DNI y fecha de fallecimiento
Si no tienes el certificado de defunción, pídelo en el Registro Civil del municipio donde falleció la persona. Es gratis y lo entregan en el momento o en pocos días.
🖥️ Cómo Solicitar el Certificado: Paso a Paso
Tienes tres formas de hacerlo:
Opción A — Online (la más cómoda) 🌐
- Ve a la sede electrónica del Ministerio de Justicia: sedejusticia.gob.es
- Busca «Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento»
- Rellena el formulario con los datos del fallecido
- Adjunta el certificado de defunción en PDF
- Necesitarás certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve
Opción B — Por correo postal 📬
- Descarga el formulario 790 desde la web del Ministerio de Justicia
- Rellénalo a mano o en PDF
- Adjunta fotocopia del DNI y del certificado de defunción
- Envíalo a: Registro de Contratos de Seguros, c/ La Bolsa 8, 28071 Madrid
Opción C — Presencialmente 🏛️
En las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia de cualquier capital de provincia. Puedes pedir cita previa en mjusticia.gob.es
📬 ¿Cuándo Recibirás la Respuesta?
El plazo oficial es de 7 días hábiles desde que registran tu solicitud.
El certificado te llega:
- Por correo postal a tu domicilio si lo pediste por correo o presencialmente
- Por sede electrónica si lo pediste online
📄 ¿Qué Información Contiene el Certificado?
El certificado te dice:
- ✅ Si la persona fallecida tenía seguros de vida o accidentes con cobertura de fallecimiento
- ✅ El nombre de la aseguradora con la que estaban contratados
- ❌ No indica el importe de la cobertura
- ❌ No indica quiénes son los beneficiarios
Para saber el importe y los beneficiarios tendrás que contactar directamente con la aseguradora.
📞 Qué Hacer Cuando Tienes el Certificado
Una vez que sabes con qué aseguradora estaba contratado el seguro:
- Llama a la aseguradora e indica que eres beneficiario o heredero de una persona fallecida
- Pídeles la lista de documentos necesarios para tramitar el siniestro
- Normalmente te pedirán: certificado de defunción, DNI del fallecido, libro de familia y testamento o declaración de herederos
- Presenta toda la documentación y guarda copia de todo
- La aseguradora tiene un plazo de 40 días para pagarte desde que aportas la documentación completa
⚠️ Si la aseguradora se retrasa o pone trabas, pueden aplicarse intereses de demora a su cargo según el artículo 20 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro.
💡 Consejos Prácticos Para No Perder Dinero
- 📅 No esperes demasiado: el plazo de prescripción es de 5 años pero los trámites se complican con el tiempo
- 📁 Revisa los papeles del fallecido: extractos bancarios con cargos periódicos a aseguradoras, emails, contratos físicos
- 🏦 Consulta con el banco: muchos seguros de vida se contratan a través de entidades bancarias vinculados a hipotecas o cuentas
- 📋 Revisa la nómina o pensión: algunos seguros colectivos se contratan a través de la empresa o sindicatos
- 👨💼 Consulta con un gestor o abogado si hay varios herederos o el patrimonio es complejo
❓ Preguntas Frecuentes
¿Puedo hacer la consulta si soy sobrino o amigo, no hijo? Sí, cualquier persona con interés legítimo puede solicitarlo. Un amigo íntimo o albacea testamentario también puede hacerlo aportando la documentación que acredite su relación.
¿Qué pasa si el certificado dice que no hay seguros? Significa que no había ningún seguro de vida registrado a nombre del fallecido en España. Aun así, revisa los papeles físicos por si hubiera un seguro antiguo no registrado correctamente.
¿El seguro de decesos aparece en este registro? No. El registro solo recoge seguros con cobertura de fallecimiento por muerte. Los seguros de decesos (que cubren los gastos del entierro) son diferentes y hay que consultarlos directamente con las aseguradoras.
¿Puedo reclamar aunque no esté nombrado como beneficiario? Si no hay beneficiarios designados, el seguro forma parte de la masa hereditaria y lo reciben los herederos legales. Un abogado puede orientarte en este caso.
💬 Conclusión: No Dejes Prescribir lo que te Corresponde
Cada año miles de seguros de vida quedan sin cobrar en España simplemente porque los familiares no saben que existen o no hacen los trámites a tiempo.
Con este artículo ya tienes todo lo que necesitas para comprobarlo en menos de una semana, de forma gratuita y sin intermediarios.
¿Has pasado por este proceso? ¿Tienes alguna duda sobre los trámites? Déjanos tu comentario y te respondemos. En Asegurazo.es ninguna pregunta se queda sin respuesta. 👇
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Artículo redactado por el equipo de Asegurazo.es · Información actualizada a mayo de 2026 · Basado en legislación española vigente.